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Los entrenadores de los seis clubes que abandonaron la disputa de la Bandera Fabrika testificarán este jueves

El juez único de Disciplina de la ACT ha llamado a testificar a los entrenadores de Astillero, Arraun Lagunak, Hibaika, Orio, Tolosaldea y Zumaia, clubes a los que se les ha incoado un procedimiento disciplinario por abandonar, el pasado 25 de julio, la disputa de la Bandera Fabrika, en San Sebastián, dentro de la Liga Euskotren.
Astillero (Euskotren Liga)
Imagen de la trainera de Astillero, que es uno de los clubes cuyo entrenador está llamado a declarar. Foto: Aitor Arrizabalaga / ACT.

Los entrenadores de los seis clubes de la Liga Euskotren que abandonaron la disputa de la Bandera Fabrika, en San Sebastián, el pasado 25 de julio, testificarán este jueves, 13 de agosto, ante el juez único de Disciplina de la ACT, tal y como ha informado EITB este lunes por la noche. En concreto, El juez ha llamado a testificar a los entrenadores de Astillero, Arraun Lagunak, Hibaika, Orio, Tolosaldea y Zumaia, clubes a los que se les ha incoado un procedimiento disciplinario por abandonar la disputa de la citada regata.

EITB informaba el 3 de agosto de cómo el juez único de Disciplina de la ACT incoaba un procedimiento disciplinario a seis clubes de la Liga Euskotren por abandonar la disputa de la Bandera Fabrika, que estaba prevista para el 25 de julio, en San Sebastián. Según la providencia del juez, Astillero, Arraun Lagunak, Hibaika, Orio, Tolosaldea y Zumaia eran los clubes a los que se les incoaba ese procedimiento disciplinario, en relación con la Bandera Fabrika, que fue suspendida.

En este contexto, la providencia del juez único señalaba que, el 25 de julio, “por parte de los entrenadores de los clubes, y mientras se celebraba la reunión de delegados, se produjo una actuación concertada en la que acordaron retirarse de la disputa de la regata. Con posterioridad, abandonaron la zona todas las tripulaciones participantes, con sus traineras, a excepción de las de San Juan y Donostiarra, en momentos previos a la hora fijada inicialmente para la celebración de la regata. Llegada la hora fijada de inicio, se acordó la prórroga de horario de celebración. Posteriormente, se suspendió definitivamente la misma”.

Tal y como detallaba el juez, “los hechos referidos en el informe del Comité Técnico pudieran constituir una infracción muy grave, negarse a tomar parte en regatas o actividades incluidas en el calendario de competiciones de la asociación, sean o no oficiales, y, alternativamente, una infracción grave, realizar actos y efectuar manifestaciones públicas que perjudiquen la imagen o intereses de la ACT o puedan ser consideradas como desconsideraciones u ofensas para la ACT, sus órganos directivos, o todas aquellas personas adscritas o vinculadas a la asociación”.

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